Wilson Prada
Wilson Prada. Imagen: tomada de Internet.

Niegan recurso en proceso del suspendido personero Wilson Prada

Wilson Prada
Wilson Prada. Imagen: tomada de Internet.

La más reciente actuación ante el Tribunal Administrativo del Tolima.

En un auto del magistrado Belisario Beltrán Bastidas, la Corporación decidió negar por improcedente el recurso de reposición contra la decisión que admitió la demanda y separó del cargo al personero de Ibagué, Wilson Prada Castro.

De acuerdo con el texto normativo antes transcrito, a simple vista se deduce que contra el auto admisorio no procede recurso alguno, por lo tanto se rechazará por improcedente el recurso de reposición interpuesto por el demandado.

En consecuencia, este Despacho en aras de garantizar el debido proceso y el derecho de defensa del demandado, para que ejerza el derecho de contradicción se mantendrá incólume la decisión tomada el 12 de marzo de 2020 y se correrá traslado de la solicitud de medida cautelar para que el demandado si lo desea presente sus argumentos de defensa. Por otra parte, respecto a la solicitud de acumulación de los procesos que cursan en esta Corporación se le dará el trámite en la etapa correspondiente”, señala el Tribunal.

El contencioso también instó al suspendido personero y a su abogado a no ejercer acciones que entorpezcan el proceso: “por último, se insta al apoderado del señor Wilson Prada para que omita cualquier actuación que entorpezca el desarrollo normal del proceso y el acceso a la administración de justicia”.

Los hechos

Se trata de un fallo de tutela interpuesta por un aspirante a personero quien consideró que el proceso estaba lleno de vacíos jurídicos.

La tutela le ordena al Concejo y a la Corporación Centro de Consultoría y Edición Socioeconómica la suspensión de la elección del concurso público de méritos 01 del 2019 para la elección del personero de Ibagué.

David Sánchez Torres, quien instauró la tutela y quien se había postulado para ese cargo que tiene periodo de cuatro años, señaló que el proceso estaría viciado por cuenta de que no se le dio respuesta a una solicitud instaurada por él mismo para que se le permitiera revisar la evaluación de la prueba de conocimientos y comportamentales que realizó la Corporación Centro de Consultoría y Edición Socioeconómica.

Le solicité al Concejo la revisión de la evaluación obtenida, teniendo en cuenta sentencia la T-180 de 2015, pero no se me permitió ver las pruebas, por lo cual la sentencia fue mencionada fue vulnerada y de allí este resultado”, dijo Sánchez Torres.

Aseguró que presentó el recurso al correo institucional y cuando salió la resolución dejando la lista provisional de elegibles «me encuentro con que en uno de los considerandos sale que se procedía a resolver la reclamación de 14 concursantes, pero por ningún lado estaba mi reclamación«.

Emilio Lagos y Edgardo Sánchez, también aspirantes a la Personería, instauraron igualmente acciones de tutela en contra del proceso de elección de personero, las cuales estarían próximas a dar resultados.

En consecuencia, el concurso público de méritos para la elección del personero quedó suspendido hasta tanto no se resuelva la acción de tutela.

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