Mayo de 2026 es un mes importante dentro del calendario tributario colombiano. Para muchas empresas, responsables de IVA, agentes de retención y contribuyentes obligados a reportar información exógena, este periodo concentra varias fechas límite ante la DIAN que conviene revisar con anticipación.
Contar con una Asesoría tributaria en Colombia puede ser clave para entender qué obligaciones aplican en cada caso, confirmar los vencimientos según el último dígito del NIT y evitar errores que después puedan convertirse en sanciones, intereses o correcciones innecesarias.
Aunque cada obligación depende del tipo de contribuyente, del régimen al que pertenezca y del calendario oficial vigente, la recomendación general es clara: no dejar la revisión para los últimos días. Un error en la fecha, en los valores declarados o en la información reportada puede generar retrasos y costos adicionales.
Declaración de renta de personas jurídicas: una de las obligaciones centrales de mayo
Uno de los vencimientos más relevantes del mes corresponde a la declaración de renta y complementario de personas jurídicas y demás contribuyentes por el año gravable 2025.
De acuerdo con el calendario tributario 2026, los plazos para presentar la declaración y pagar la primera cuota van del 12 al 26 de mayo de 2026, según el último dígito del NIT. Estos plazos también aplican para personas jurídicas obligadas a presentar declaración de ingresos y patrimonio o declaración de activos en el exterior, cuando corresponda.
Por eso, mayo no debería tomarse solo como el mes de “presentar” la declaración, sino como el momento final de una revisión que debió iniciar antes: conciliaciones contables, depuración fiscal, certificados, anticipos, saldos a favor, retenciones practicadas y soportes de costos y deducciones.
IVA: revisar periodicidad y periodo a declarar
El IVA también exige atención durante mayo. Dependiendo de los ingresos y de la clasificación del responsable, la declaración puede ser bimestral o cuatrimestral.
En la práctica, esto significa que antes de presentar la declaración conviene confirmar tres puntos: si la empresa realmente está declarando con la periodicidad correcta, si las ventas gravadas, excluidas y exentas están bien clasificadas, y si los impuestos descontables cuentan con los soportes necesarios.
Un error común es concentrarse solo en el valor a pagar y no revisar la calidad de la información. Sin embargo, diferencias entre facturación electrónica, libros contables y declaraciones anteriores pueden generar inconsistencias que después requieren corrección.
Retención en la fuente: fechas mensuales que no deben pasarse por alto
Las retenciones y autorretenciones en la fuente también tienen vencimientos en mayo, según el último dígito del NIT. Estos plazos aplican para la declaración y pago de retención en la fuente y/o autorretención del impuesto de renta, impuesto de timbre e IVA.
Esta obligación suele ser mensual y, precisamente por su frecuencia, puede prestarse para descuidos. Es importante revisar que las bases, tarifas, conceptos y terceros estén correctamente registrados, especialmente cuando existen pagos a proveedores, honorarios, servicios, arrendamientos, compras o nómina.
Una revisión oportuna ayuda a evitar diferencias entre lo contabilizado, lo certificado a terceros y lo efectivamente declarado ante la DIAN.
Información exógena: cuidado con los reportes y la calidad de los datos
Mayo también es clave para la información exógena tributaria. En el caso de grandes contribuyentes, algunos vencimientos comienzan desde finales de abril y se extienden hasta mayo. Para otras personas jurídicas y naturales obligadas, los plazos también avanzan durante mayo y junio, según los últimos dígitos del NIT.
Este reporte requiere especial cuidado porque no se trata únicamente de cumplir con una fecha. La información exógena cruza datos de terceros, pagos, ingresos, retenciones, cuentas por cobrar, cuentas por pagar y otros conceptos que la DIAN puede contrastar con declaraciones tributarias, facturación electrónica y reportes de otros contribuyentes.
Por eso, antes de transmitir los archivos, es recomendable validar nombres, NIT, dígitos de verificación, conceptos, formatos, cuantías y consistencia frente a la contabilidad. Un archivo presentado a tiempo, pero con errores, puede generar requerimientos o correcciones posteriores.
¿Qué deberían revisar empresas y contribuyentes en mayo?
Más que mirar el calendario solo como una lista de fechas, mayo debería asumirse como un mes de control tributario. Estas son algunas revisiones prácticas:
Primero, confirmar el último dígito del NIT y la obligación aplicable. No todas las empresas tienen las mismas fechas ni los mismos deberes formales.
Segundo, revisar que las declaraciones estén alineadas con la contabilidad, la facturación electrónica, los certificados de retención y los reportes de terceros.
Tercero, verificar si existen saldos a favor, anticipos, compensaciones, pagos previos o retenciones que deban incluirse correctamente.
Cuarto, preparar con tiempo los soportes. La urgencia de la fecha no debe llevar a declarar valores sin respaldo.
Quinto, revisar la información exógena con especial cuidado, porque sus inconsistencias pueden afectar no solo a quien reporta, sino también a terceros relacionados.
Para facilitar esta revisión, conviene apoyarse en una guía actualizada del calendario tributario y contrastar cada obligación con el último dígito del NIT. En este punto, puede ser útil consultar un resumen práctico sobre Asesoría tributaria en Colombia, especialmente si se busca organizar con tiempo las fechas de renta, IVA, retención en la fuente e información exógena antes de que llegue el plazo máximo.
Anticiparse sigue siendo la mejor estrategia
Cumplir con la DIAN no depende solo de presentar formularios dentro del plazo. También implica revisar que la información sea correcta, completa y coherente.
Mayo concentra obligaciones importantes para empresas y contribuyentes en Colombia. Por eso, anticiparse, verificar el calendario oficial y revisar cada caso según el NIT puede marcar la diferencia entre un cumplimiento ordenado y una corrección costosa.
La recomendación final es sencilla: no esperar al último día. Una revisión tributaria hecha con tiempo reduce errores, evita sanciones y permite tomar mejores decisiones antes de presentar la información ante la DIAN.
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