Candidatos deberán ocupar curules en concejos y Asamblea. Opiniones divididas.
Algunos sectores tienen dudas del procedimiento para los segundos en elecciones regionales.
Una polémica se ha venido dando en algunos sectores políticos por la disposición de que los segundos en las elecciones a alcaldías y gobernaciones tienen derecho a ocupar una curul en los concejos y las asambleas departamentales, la cual se estrenará en las elecciones locales de octubre.
Esta decisión quedó consignada en la reforma de equilibrio de poderes y aparece en el Estatuto de la Oposición.
Según lo estipulado, reglamentado por el Consejo Nacional Electoral (CNE), la llegada de estos candidatos a concejos y asambleas tiene algunos pasos que cumplir.
El primero es que el candidato acepte ocupar la curul en las respectivas corporaciones, lo que debe quedar certificado en un documento presentado dentro de las 24 horas posteriores a la declaratoria de la elección del alcalde y el gobernador.
Si el candidato a la alcaldía o a la gobernación no acepta ocupar el escaño, el concejo o la asamblea no variaría su conformación, pero si acepta, las cosas cambiarían.
Según la reforma de equilibrio de poderes, estos escaños “no aumentarán el número de miembros de dichas corporaciones”. Esto significa que si el segundo acepta entrar al concejo o la asamblea, se elegiría un integrante menos en esas corporaciones.
Esto es diferente a lo que pasa en el Congreso, donde también tienen asiento el segundo en la elección presidencial y su fórmula vicepresidencial, pero estas curules son adicionales. Fue así como Gustavo Petro y Ángela María Robledo llegaron al capitolio.
Pese a las dudas, lo cierto es que la norma se aplicará en los comicios de octubre y, por lo estipulado en la ley, no será adicional, sino que los partidos políticos deberán prepararse para perder un escaño en concejos y asambleas departamentales.
Con información de: El Tiempo.