Jamming
Imagen: Caracol Radio.

Nuevas reglas a cumplir sobre cancelación o modificación de conciertos

A propósito del descalabro sucedido con el Jamming Festival.

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) expidió la circular externa número 04 de 2022, la cual da una serie de lineamientos que deben seguir quienes organicen y promocionen «espectáculos públicos de las artes escénicas» (conciertos, obras de teatro, puestas en escena).

Las normas expedidas por la entidad están dirigidas tanto a personas naturales como jurídicas y se enfocan en cómo se debe reaccionar ante reclamaciones presentadas por consumidores cuando se cancelen o modifiquen este tipo de eventos.

“Estas instrucciones buscan garantizar la protección efectiva de los derechos de los consumidores, así como facilitar la comprensión y el cumplimiento de las disposiciones de protección al consumidor por parte de los empresarios”, explicó la SIC.

Según dio a conocer la SIC, las medidas son cinco consisten en:

1. Las reclamaciones de efectividad de la garantía que reciban las personas naturales o jurídicas por la cancelación o modificación de los espectáculos públicos de las artes escénicas, que tengan como causa directa el cumplimiento de las medidas adoptadas para contener el contagio del covid-19, se tramitarán de acuerdo al plazo previsto en el artículo 5 del Decreto Legislativo No. 818 de 2020.

2. Las reclamaciones de efectividad de la garantía que reciban las personas naturales o jurídicas por la cancelación o modificación de los espectáculos públicos de las artes escénicas, por cualquier causa distinta a la enunciada en el numeral anterior, se tramitarán de acuerdo con las normas generales de protección al consumidor vigentes, en particular la Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor).

3. La SIC tiene la facultad de ordenar cualquier tipo de medida con el propósito de evitar que se cause daño o perjuicio a los consumidores en caso de suspensión, cancelación o reprogramación de eventos públicos de las artes escénicas.

4. En caso de suspensión, cancelación o reprogramación de eventos públicos de las artes escénicas, los consumidores que busquen la protección de su interés particular podrán interponer las demandas de efectividad de la garantía ante la delegatura de Asuntos Jurisdiccionales de la SIC en los términos de la normatividad vigente.

5. Las personas naturales o jurídicas dedicadas a la organización o promoción de espectáculos públicos deberán suministrar información oportuna, clara, veraz, suficiente, verificable, comprensible, precisa e idónea a los consumidores sobre la suspensión, cancelación o reprogramación de espectáculos públicos de las artes escénicas.

Las medidas tomadas por la SIC se dan a conocer tras el fracaso del Jamming Festival y en medio de un 2022 que está marcado por varios espectáculos en Colombia, entre los que se destacan los conciertos de Dua Lipa, Coldplay, Daddy Yankee, Bad Bunny.

Con información: Portafolio, diario económico.

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